Comité Ejecutivo Nacional
Es el órgano permanente de dirección del partido, su responsabilidad es ejecutar las resoluciones adoptadas en Asamblea Nacional y la dirección del partido en toda la República. El actual Comité Ejecutivo Nacional, que está conformado por treinta y cinco miembros titulares y treinta y cinco suplentes, fue electo el diecisiete de mayo de dos mil nueve, por los doscientos delegados titulares de los diversos municipios que conforman la República de Guatemala, elección que fue ratificada por la masiva participación de los afiliados a nuestra organización política, actividad que constituyó un ejercicio democrático, en virtud de que se contó con la participación de dos observadores del Registro de Ciudadanos del Tribunal Supremo Electoral, a efecto de dar cumplimiento a la normativa establecida en la Ley Electoral y de Partidos Políticos.
Elección
La elección del Comité Ejecutivo Nacional, se realiza por planillas encabezadas por los candidatos a Secretario General y Secretarios Generales Adjuntos, en las que se incluye por cada titular su respetivo suplente con excepción del Secretario General. En caso de que ninguna de las planillas obtenga la mayoría absoluta, la elección se repetirá entre las dos planillas que hubieren obtenido mayor número de votos.
Quiénes son sus integrantes
De conformidad con los Estatutos del Partido, el Comité Ejecutivo Nacional se integra por un mínimo de veinte miembros titulares, electos por la Asamblea Nacional, para un período de dos años. Además del Secretario General pueden elegirse hasta un máximo de cuatro Secretarios Generales Adjuntos, y deberá contar con un Secretario de Actas o simplemente Secretario. Actualmente se integra por decisión unánime de la última Asamblea Nacional, por treinta y cinco miembros titulares y sus respectivos suplentes, ásí:

Cuál es su labor
Algunas de sus atribuciones las regula la Ley Electoral y de Partidos Políticas y se desarrollan con más precisión en los Estatutos, entre las cuales mencionamos algunas: a) Supervisar el funcionamiento de los Comités Ejecutivos Departamentales y Municipales. b) Convocar a la Asamblea Nacional. c) Convocar a Asambleas Departamentales y Municipales. d) Designar candidatos del partido a cargos de elección popular. e) Designar fiscales y representantes ante el Tribunal Supremo Electoral. f) Designar la Comisión Calificadora de Credenciales de los delegados municipales ante la Asamblea Nacional. g) Crear los órganos que sean necesarios. i) Administrar honrada y eficientemente las cuentas, bienes y patrimonio del Partido. k) Aprobar los reglamentos de las Secretarías Nacionales y Órganos del Partido. l) Llamar a los suplentes en la forma establecida. m) Proponer reformas a los Estatutos o modificaciones a la escritura constitutiva del Partido. n) Trasladar al Tribunal de Honor las denuncias o acusaciones que se reciban.
Secretario General Nacional
El Representante Legal del partido es el Secretario General, quien ejerce entre otras las siguientes funciones: a) Presidir las sesiones del Comité Ejecutivo Nacional. b) Ejercer la representación legal del Partido, en juicio y fuera de él. c) Ejecutar y hacer que se ejecuten las resoluciones de la Asamblea Nacional o del Comité Ejecutivo Nacional. d) Ser el medio de comunicación entre la dirección nacional del Partido y sus órganos. e) Participar con voz y voto, en las reuniones de los órganos de consulta y ejecución. f) Designar a los fiscales del Partido ante las Juntas Electorales Departamentales. g) Ejercer la jefatura administrativa del personal al servicio del Partido.






